02/08/2012 (ERBOL)- El
Tribunal de Justicia de La Paz observó cuatro puntos del recurso de
acción popular que presentó a título personal el coordinador de
Integración de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Andina de
Organizaciones Indígenas (CAOI), Rafael Quispe, contra la consulta
porque no fue concertada con los originarios del TIPNIS.
Quispe
explicó que cuenta con 48 horas para corregir las fallas jurídicas del
amparo, por lo que ya fue notificado. “Hay cuatro observaciones: exponer
con claridad los hechos que motivan de la presentación, identificar los
derechos e intereses colectivos que se consideren violados o amenazados
(…)”, declaró el dirigente a Erbol.
De
acuerdo con el inciso I del artículo 136 de la Constitución Política
del Estado (CPE) “Podrá interponer esta acción (popular) cualquier
persona, a título individual o en representación de una colectividad y,
con carácter obligatorio, el Ministerio Público y el Defensor del
Pueblo, cuando por el ejercicio de sus funciones tengan conocimiento de
estos actos. Se aplicará el procedimiento de la Acción de Amparo
Constitucional”.
El
indígena añadió que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) debe
de hacer cumplir el fallo de concertación para la aplicación de la
consulta, que el gobierno inició el fin de semana.
La Paz, 31 julio 2012 – A.A./
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