2.8.12

Observan recurso de acción popular contra consulta no concertada

02/08/2012 (ERBOL)- El Tribunal de Justicia de La Paz observó cuatro puntos del recurso de acción popular que presentó a título personal el coordinador de Integración de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas (CAOI), Rafael Quispe, contra la consulta porque no fue concertada con los originarios del TIPNIS.

Quispe explicó que cuenta con 48 horas para corregir las fallas jurídicas del amparo, por lo que ya fue notificado. “Hay cuatro observaciones: exponer con claridad los hechos que motivan de la presentación, identificar los derechos e intereses colectivos que se consideren violados o amenazados (…)”, declaró el dirigente a Erbol.

De acuerdo con el inciso I del artículo 136 de la Constitución Política del Estado (CPE) “Podrá interponer esta acción (popular) cualquier persona, a título individual o en representación de una colectividad y, con carácter obligatorio, el Ministerio Público y el Defensor del Pueblo, cuando por el ejercicio de sus funciones tengan conocimiento de estos actos. Se aplicará el procedimiento de la Acción de Amparo Constitucional”.

El indígena añadió que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) debe de hacer cumplir el fallo de concertación para la aplicación de la consulta, que el gobierno inició el fin de semana.

La Paz, 31 julio 2012 – A.A./

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