2.6.10

Mujeres piden que se prohíba la conciliación en violencia familiar

En los primeros cuatro meses del año, alrededor de 20 mujeres fallecieron en La Paz y El Alto a manos de sus parejas.
Organizaciones de mujeres de todo el país exigen que la Asamblea Legislativa Plurinacional prohíba la figura jurídica de conciliación en la Ley del Órgano Judicial cuando el delito cometido esté vinculado a violencia familiar o doméstica, o a vulneraciones a los derechos de las mujeres, especialmente en los casos que atentan contra su vida, integridad física, psicológica o sexual, su seguridad y en aquéllos en los que se deba priorizar el interés de niños, niñas y adolescentes.
La propuesta de ley, que empezará su discusión en detalle en la Cámara de Diputados, creó la figura del conciliador, que tiene como principal función intermediar entre las partes para lograr una conciliación antes de llegar a un juicio. Sin embargo, no se efectuaron consideraciones en relación a la situación de las víctimas de violencia, que no pueden ingresar a un proceso de conciliación ya que ello significaría una forma de vulneración de su derecho a la justicia.
“Es fundamental que las y los asambleístas establezcan esta disposición, ya que se trata de delitos que van contra de derechos fundamentales, intransferibles e irrenunciables, que el Estado tiene la obligación de garantizar y proteger”, dijo la responsable de incidencia de la Coordinadora de la Mujer, Mónica Novillo.
Las organizaciones de mujeres demandan que el artículo 18, referido a las prohibiciones y causales de inelegibilidad, establezca “tener antecedentes, proceso o sentencia por hechos de violencia intrafamiliar”.
ANTECEDENTES DE VIOLENCIA
Las organizaciones sostienen que el artículo 22 debería establecer entre las causales para el cese de funciones de las servidoras y servidores de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y especializadas, el que tengan “antecedentes, proceso o sentencia por hechos de violencia intrafamiliar o violencia de género”.
Entre las demandas presentadas a la Asamblea Legislativa Plurinacional —siempre en la perspectiva de que la nueva Ley de Órgano Judicial garantice el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Constitución Política del Estado— figura también que la Ley del Órgano Judicial establezca que del total de personas precalificadas por circunscripción departamental y nacional para el Tribunal Supremo de Justicia y para el Tribunal Agroambiental, la mitad deben ser mujeres. En este sentido, debe también haber 50 por ciento de mujeres entre los vocales de los tribunales departamentales de justicia y el Tribunal Supremo de Justicia.
Finalmente, las mujeres plantean la creación de salas en materia de violencia intrafamiliar o doméstica para que conozcan y resuelvan causas específicas del área.
http://www.cambio.bo/noticia.php?fecha=2010-06-02&idn=20261

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