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Foto ODPIB |
10/04/2013 (ODPIB).- El día lunes 8
de abril a las 10 de la mañana, en la sala de conferencias de la Federación Sindical
de Trabajadores de la Prensa de Santa Cruz (FSTP), ubicado en las instalaciones
de la Gobernación de Santa Cruz, Yolanda Herrera Presidenta de la Asamblea
Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB) dio una conferencia previa al
evento de presentación del informe con los resultados
de la consulta en el Teritorio Indígena y Parque Nacional Isiboro sécure (TIPNIS)
que se llevaría a cabo el mismo día.
En esta conferencia,
Herrera relató la vivencia experimentada en la visita a las comunidades del TIPNIS,
realizada del 29 de noviembre al 14 de diciembre de 2012 y sobre el análisis
del proceso de consulta aplicado por el Gobierno.
Primeramente, adujo que esta visita fue realizada porque las comunidades pidieron que se
realice un trabajo interinstitucional entre la APDHB, la Pastoral Social Cáritas Boliviana (PASOC) y la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), con el
objetivo de analizar si se aplicaron o no los estándares de la consulta, si estuvieron
apegados a los tratados y convenios internacionales y a la Constitución Política
del Estado. Ya que según el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) la consulta debió ser: libre,
previa, informada y de buena fe. Además, según la valoración de la
Sentencia Constitucional 300/2012 la consulta debió desarrollarse en un marco
de consenso entre las brigadas del Gobierno y los miembros de las comunidades.
“Fuimos
recibidos con confianza y alegría por las comunidades, llegando a dar una
cobertura investigativa a las 36 comunidades del TIPNIS. La gente relataba cómo
las brigadas mentían diciendo que cambiaron de tramo, que la carretera no
pasaría por el TIPNIS, o que el 90% de las comunidades habían dicho si a la
construcción. Se vio una injerencia profunda por el gobierno al manipular la
buena fe y disponibilidad de algunas comunidades. “ adujo Herrera.
Dejó en claro
que antes de hablar de la consulta se debe tomar en cuenta la aprobación de la
Ley Nº 180 de protección del TIPNIS que daba al territorio la cualidad de intangibilidad.
“Esta Ley fue promulgada por esfuerzo de la VIII marcha indígena, sin embargo, el
término de intangibilidad –contenido en la Ley- fue manipulado por los agentes
del Gobierno, como algo que restringiría totalmente la supervivencia de los
comunarios, la gente de las brigadas mantuvo un discurso de que no podrían
cazar, talar árboles y hacer uso de sus tierras por la intangibilidad. Debido a
este término hubieron dos posiciones, mantener la intangibilidad para evitar la
entrada de colonos cocaleros y la postura de no a la intangibilidad para poder
seguir con sus usos y costumbres relacionadas a las tierras."
Señaló también,
que otra falla procesal por parte del gobierno fue no tener en cuenta a la
libre autodeterminación de las comunidades para la elaboración y aprobación de
la consulta. “En algunos sectores sólo había una relación directa entre las brigadas
del gobierno y los corregidores. Las decisiones no fueron tomadas con la
totalidad de los comunarios, por lo cual no había un quórum para la celebración
del acta. Además, como muestra de rechazo a la consulta de las 35 comunidades
30 dijeron que no querían la carretera cruce por el TIPNIS, 3 comunidades
requerían un estudio previo a la carretera y tres las aceptaron, engatusadas
por regalos de víveres y promesas de proyectos por parte de las brigadas del Gobierno.”
Herrera finalizó
afirmando que bajo estos criterios, la APDH sostiene que no se ha cumplido con
la Sentencia del Tribunal Constitucional0 300/2012. “El Gobierno ha procedido con actos que se
alejan de la autogestión y autodeterminación de las comunidades dictadas en los convenios internacionales y en la Constitución Política en cuanto a la consulta, por
tanto, la APBDH se mantendrá firme para que los derechos de los pueblos
indígenas sean protegidos.”
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